Manual de Atención a Peticiones, Quejas y Reclamos (PQR)
1. Objetivo
Estandarizar el proceso de recepción, gestión, transferencia, solución, seguimiento y cierre de peticiones, quejas, reclamos y recursos de apelación (en adelante, “PQR”) presentados por los usuarios de los servicios de Internet y televisión por suscripción provistos por PROVINET TELECOMUNICACIONES S.A.S.
2. Alcance
Aplica a todas las solicitudes de usuarios, sean personas naturales o jurídicas, relacionadas con la prestación de servicios de telecomunicaciones ofrecidos por PROVINET.
3. Marco normativo
- Ley 1480 de 2011 (Estatuto del Consumidor)
- Ley 2439 de 2024 (modificaciones al Estatuto del Consumidor)
- Ley 1341 de 2009 (Ley TIC)
- Decreto 1074 de 2015
- Resolución CRC 5050 de 2016 y sus modificaciones vigentes: Res. CRC 6242/2021, Res. CRC 6755/2022, Res. CRC 7811/2025, Res. CRC 8171/2026
- Ley 2300 de 2023 (Registro de Números Excluidos)
4. Definiciones
- Usuario: persona natural o jurídica que contrata o utiliza los servicios de PROVINET.
- Petición: solicitud de información o servicios.
- Queja o reclamo: inconformidad con la prestación del servicio o afectación de derechos del usuario.
- Recurso de reposición: solicitud para modificar o revocar una decisión previa.
- Recurso de apelación: revisión ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) en subsidio del recurso de reposición.
5. Canales de presentación de PQR
- Portal web PQR: provinet.co/pqrs
- Correo electrónico: contacto@provinet.co
- Línea telefónica y WhatsApp: 310 722 5551
- Oficina física: Carrera 6 No. 16-40, Centro, Ábrego, Norte de Santander
- Horario de atención: lunes a viernes, de 8:00 a.m. a 12:00 m y de 2:00 p.m. a 6:00 p.m.
6. Recepción, radicación y asignación
- El área de Atención al Cliente recibe la PQR y la registra en sofnet, que genera el Código Único Numérico (CUN) correspondiente.
- Según la naturaleza del caso, se transfiere a:
- Soporte técnico: fallas, servicio, interrupciones.
- Contabilidad: cobros, pagos, facturación.
- Administrativo: contratos, políticas, suspensión.
7. Plazos de respuesta y silencio administrativo
- Respuesta máxima: 15 días hábiles desde la radicación.
- Silencio administrativo positivo: si no hay respuesta, se entiende resuelta a favor del usuario.
- Materialización: debe ejecutarse en máximo 72 horas luego del vencimiento del plazo legal.
8. Seguimiento y consulta de estado
El usuario podrá consultar el estado de su solicitud a través de la línea de atención, indicando el Código Único Numérico (CUN) que le fue asignado al radicar su solicitud.
9. Efectos de las decisiones
- No se podrá suspender el servicio si hay una PQR pendiente, siempre que se haya presentado antes del vencimiento del pago y se hayan pagado las sumas no discutidas.
- En caso de mora posterior, el pago total evitará suspensión.
- Antes de reportar a centrales de riesgo, PROVINET deberá notificar previamente al usuario para que pueda ejercer su derecho de defensa.
10. Contenido mínimo de la decisión
- Hechos relevantes del caso
- Actuaciones realizadas por el proveedor
- Fundamentos técnicos, económicos y legales
- Recursos que proceden y plazos respectivos
11. Recursos
- Recurso de reposición: dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación.
- Recurso de apelación en subsidio: puede presentarse junto con el anterior para que lo estudie la SIC.
- Remisión a SIC: PROVINET deberá remitir el expediente dentro de los 5 días hábiles siguientes a la resolución del recurso de reposición.
12. Herramientas y registros
- Sistema de gestión PQR (sofnet): para radicación, seguimiento y respuesta digital.
- Formulario web: disponible en el sitio oficial.
- Política de tratamiento de datos personales: publicada en la web, garantiza confidencialidad y derechos del titular conforme a la Ley 1581 de 2012.
Versión 2.0 · Vigente desde 09/09/2026
